Migrantes que habitan Bogotá reclaman por mejor derecho a la salud

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LA Network Ciudades
14 noviembre, 2019 - Inclusión

La situación se develó a la luz del éxodo venezolano, en el que desde 2015 al menos 1.4 millones de personas han llegado a Colombia como consecuencia de la crisis social y política que atraviesa ese país.

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Foto: Roberto Carlos Sanchez – ACNUR

De acuerdo con una exposición presentada por Yeimi Yohana Pinilla Arroyave, magistrada auxiliar de la Corte Constitucional colombiana, durante su intervención en uno de los Diálogos Regionales que realiza la Universidad Nacional (UNAL), el 67 % de las solicitudes presentadas por accionantes extranjeros en Bogotá son para demandar atención en salud, seguido por los derechos a la vida, de petición, la personalidad jurídica y el debido proceso.

Ante la alta solicitud de la protección del derecho a la salud por parte de los venezolanos, la Corte Constitucional construye una línea de jurisprudencia en torno a la respuesta en estos casos. Dicho desarrollo jurídico partió, en un principio, de la conclusión de que los derechos de las personas migrantes debían concretarse en términos de igualdad, como ocurre con los colombianos.

“Esto quiere decir que deben tener la situación regularizada para acceder a todos los derechos o beneficios de los planes de salud, aunque la Corte empezó a enfrentarse con una particularidad, y era advertir que el proceso migratorio actual no permite aplicar de tajo esos contenidos”, explicó la magistrada Pinilla Arroyave.

Agregó que esto se debe a que, en Colombia, la atención de urgencias es para toda la población, pero después de ésta los servicios de tratamiento integral solo se les prestan a personas afiliadas al régimen contributivo o subsidiado. Esta fue la misma línea que la Corte intentó implementar en la sentencia 314 de 2016, en la que se dijo que los extranjeros debían cumplir los mismos deberes que los nacionales.

Las reglas que se introdujeron se refieren a que, si un extranjero se encuentra en situación irregular, está en la obligación de regularizarla, pero si se trata de niños o de sujetos de especial protección, deben garantizarse sus derechos fundamentales, algo que fue reiterado por la Corte en sentencias subsiguientes que fueron expuestas por la magistrada Pinilla.

Con información de la Agencia de Noticias UN.