En El Alto (Bolivia) se unen para trabajar por el trato preferente al adulto mayor

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LA Network Ciudades
7 abril, 2017 - Inclusión

La Ley vigente sobre el tema, establece que las Alcaldía y Gobernaciones deben exigir por jurisdicción a las instituciones públicas y privadas, el cumplimiento de la norma.

Foto: Alcaldía de El Alto

Al menos siete entidades que conforman la atención a los adultos mayores de la ciudad boliviana de El Alto, se unieron para enfocar sus labores en pro de prevenir y erradicar toda conducta que afecte la integridad física, psicológica, sexual y moral de las personas adultas mayores.

La voluntad de estas instituciones, es que en la ciudad se cumpla de manera tajante la Ley 369, por medio de la cual esta ciudad boliviana, la segunda más poblada del país andino, reglamentó el trato preferente al adulto mayor.

La Defensoría del Pueblo, el Servicio de Registro Civil (SERECI), la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), además de los hospitales de los tres niveles, hogares privado y centros de rehabilitación de la ciudad, hacen parte de esta estrategia de atención humana.

“Se ha visto la obligación de hacer una supervisión para que cumplan la normativa a nivel nacional la Ley 369 y la reglamentación municipal 035, que tienen por objeto regular los derechos, las garantías y los deberes de las personas adultas mayores, así como su protección en instituciones públicas y privadas”, destacó Braulia López, jefa de la Unidad del Adulto Mayor de la Alcaldía de El Alto.

De acuerdo con lo escrito en la Ley vigente que rige el trato hacia las personas mayores en El Alto, la normativa establece que las Alcaldía y Gobernaciones deben exigir por jurisdicción a las instituciones públicas y privadas, el trato preferente al adulto mayor.

Además, agrega que “si un funcionario público o privado no cumple con esta normativa será sancionado”. Sobre el tema, ponen como ejemplo un presente ocurrido en una entidad financiera donde una mujer adulta mayor no fue atendida de manera preferente como establece la Ley 369, y esta entidad financiera se vio obligada a sancionar a una de sus cajeras con el despido inmediato, a quien igualmente le fue abierto un proceso administrativo.