“La situación que se está presentando con las plataformas digitales muestra que la regulación jurídica se ha quedado corta a la hora de prever cambios en materia de derechos sociales”, afirma José Luis Monereo, catedrático de la Universidad de Granada (España).
Para el experto en historia del pensamiento social, político y jurídico no se trata de nada nuevo: “el derecho no debería ser simplemente una respuesta defensiva cuando la realidad se ha producido”, dijo durante su participación en el conversatorio “Una apuesta sobre los derechos sociales fundamentales”, organizado por la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL).
Plantea además que sin esa capacidad de anticipación siempre nos encontraremos ante fenómenos de respuesta tardía como los que se están presentando con plataformas como Rappi y Uber, debido a que se parte de la idea de que las normas estaban pensadas para regular un trabajo que deja de ser digno.
Dicha situación se hizo evidente semanas atrás en Colombia con las protestas que, por ejemplo, adelantaron los taxistas de Bogotá y Medellín frente a la incursión de nuevas aplicaciones digitales, además de Uber. Así mismo, en días pasados el turno fue para los “rappitenderos”, quienes reclamaron frente a las instalaciones de la empresa en Bogotá mejoras en las garantías laborales, como que se asuma la responsabilidad en caso de accidentes de los domiciliarios.
Para el profesor Monereo “el problema no recae directamente en las plataformas digitales y en su tecnología, sino en el uso de los poderes empresariales que aprovechan las facilidades recivilizadoras de estas para utilizar de forma abusiva y fraudulenta las reglas de contratación laboral para defraudar”, explicó.
En ese sentido, la mayoría de estas relaciones de trabajo deberían estar formalizadas por medio de un contrato laboral. “En Europa, y particularmente en España, existe un proceso en el que la inspección de trabajo supervisa la situación de estas personas, detectan que son trabajadores, hacen un acta, la empresa impugna, se plantea una tarifación, reclaman judicialmente, y así hasta llegar a conciliar que son trabajadores asalariados”, declaró.
En dichos procesos se hace evidente que no hace falta una regulación específica para tratar estos temas, sino aplicar las normas laborales ya existentes cuando aparece este tipo de relación de subordinación, en la que una persona está bajo los poderes empresariales y los principios rectores originarios del empleador, aunque esta sea más o menos flexible.
“El problema no está situado en el marco de la tecnología en sí, sino en el abuso deliberado de la normativa laboral y probablemente en la respuesta tardía, pero en este caso no tenemos que hacer nuevas normas sino aplicar las existentes con los mecanismos de control administrativo y judicial, creo que algo ya está pasando en ese sentido”, aseguró el profesor Monereo.
En el caso de Rappi, en Colombia esa respuesta vino de la ministra de Trabajo, Alicia Arango, quien aseguró que desde esta cartera se presentará un proyecto de ley para conseguir que este tipo de trabajadores tengan derecho a recibir prestaciones como salud y pensión, tarea en la que también participarán los ministerios de Transporte, de las TIC y de Salud.
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