San Isidro reguló el uso de scooters en su territorio

San Isidro reguló el uso de scooters en su territorio

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LA Network Ciudades
30 octubre, 2019 - Movilidad

La medida tiene por objeto concientizar a los usuarios, quienes deberán evitar generar obstáculos y molestias en la vía pública.

San Isidro reguló el uso de scooters en su territorio
Foto: Municipalidad de San Isidro

Como en muchas ciudades de Latinoamérica, el uso de las scooters en la Municipalidad de San Isidro (Perú) se ha propagado en los últimos meses; por ello, y con la finalidad de reducir los casos de accidentes y de velar por el respeto a los espacios peatonales, el Gobierno local dispuso la regulación del uso y operación de estos vehículos bajo la Ordenanza Nº 507-MSI.

Desde la promulgación de la Ordenanza, los usuarios que se desplacen en estas unidades deben ser mayores de edad y están obligados a cumplir el uso del casco, no circular por la vereda ni circular a una velocidad máxima de 25 km/h.

Además, no pueden viajar por vías metropolitanas ni llevar personas ni grandes bultos, no pueden estacionarse en ningún lugar que afecte el libre tránsito peatonal, deberán contar con elementos reflectivos para ser vistos de noche, y solo se permitirá una persona por cada vehículo. Los usuarios tampoco pueden realizar maniobras bruscas o temerarias.

De otro lado, las obligaciones de las empresas que brinden el servicio de alquiler de vehículos de movilidad personal indican que deberán contar con seguro de accidentes, sus unidades deberán contar con timbre, y los propietarios deberán colaborar con la Municipalidad de San Isidro a fin de facilitar el acceso de manera permanente y continua a sus sistemas, programas o aplicaciones.

Igualmente, deberán mensualmente disponer de un listado de registro, indicando la cantidad de vehículos de movilidad personal con las que cuentan para el alquiler de estas en el Distrito.

La medida tiene por objeto concientizar a los usuarios, quienes deberán evitar generar obstáculos y molestias en la vía pública.

Como en muchas ciudades de Latinoamérica, el uso de las scooters en la Municipalidad de San Isidro (Perú) se ha propagado en los últimos meses; por ello, y con la finalidad de reducir los casos de accidentes y de velar por el respeto a los espacios peatonales, el Gobierno local dispuso la regulación del uso y operación de estos vehículos bajo la Ordenanza Nº 507-MSI.

Desde la promulgación de la Ordenanza, los usuarios que se desplacen en estas unidades deben ser mayores de edad y están obligados a cumplir el uso del casco, no circular por la vereda ni circular a una velocidad máxima de 25 km/h.

Además, no pueden viajar por vías metropolitanas ni llevar personas ni grandes bultos, no pueden estacionarse en ningún lugar que afecte el libre tránsito peatonal, deberán contar con elementos reflectivos para ser vistos de noche, y solo se permitirá una persona por cada vehículo. Los usuarios tampoco pueden realizar maniobras bruscas o temerarias.

De otro lado, las obligaciones de las empresas que brinden el servicio de alquiler de vehículos de movilidad personal indican que deberán contar con seguro de accidentes, sus unidades deberán contar con timbre, y los propietarios deberán colaborar con la Municipalidad de San Isidro a fin de facilitar el acceso de manera permanente y continua a sus sistemas, programas o aplicaciones.

Igualmente, deberán mensualmente disponer de un listado de registro, indicando la cantidad de vehículos de movilidad personal con las que cuentan para el alquiler de estas en el Distrito.