Taxis inteligentes, ¿una implementación poco inteligente?

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Juan Sebastian Espinosa Esguerra
13 diciembre, 2018 - Movilidad

Es importante resaltar que la tecnología es un elemento cada vez más importante en la consecución de beneficios para los ciudadanos y para hacer más eficaz el desarrollo de actividades cotidianas, laborales, políticas y demás; sin dejar de lado el aspecto urbano, donde la movilidad y la relación de los medios de transporte con los usuarios, es de los que más ha estado permeado por las nuevas tecnologías sin duda alguna; encontrando el desarrollo de diferentes sistemas tecnológicos que van desde, sensores en las vías que construyen bases de datos de parqueaderos libres, hasta aplicaciones que brindan servicios de taxis u otras que informan sobre la ruta más adecuada para llegar a un destino.

La implementación de dichas alternativas tecnológicas, cambian contundentemente la manera en la que habitualmente se relaciona el usuario con el transporte público; por lo tanto su funcionamiento, se ve alterado; lo que motiva a que con el presente artículo se ponga sobre la mesa el cambio en la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor Individual de Pasajero en Colombia como generalidad y Bogotá como caso de estudio.

El cambio en la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros encaminado hacia la utilización de plataformas tecnológicas, con el objetivo de mejorar la seguridad, accesibilidad, entre otros; parte del parágrafo 6 del artículo 32 del Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1753 de 2015), en donde se dispuso la necesidad de reglamentar un servicio de lujo dentro de la modalidad de dicho servicio público.

A partir de esto se expide el Decreto 2297 de 2015, el cual dispone a: “reglamentar la habilitación de las empresas de Transporte Público Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en los niveles básico y de lujo y la prestación por parte de estas de un servicio eficiente, seguro, oportuno y económico, bajo los criterios básicos de cumplimiento de los principios rectores del transporte, como el de la libre competencia y el de la iniciativa privada, a los cuales solamente se aplicarán las restricciones establecidas por la Ley y los Convenios Internacionales”.

Evidenciando que se establecen dos categorías o niveles de servicios, definidos así:

BÁSICO: se constituye como servicio básico aquel que supone términos de servicio y costos asequibles para los usuarios garantizando cobertura adecuada; dicho servicio podrá utilizar plataformas tecnológicas o brindar una atención directa en las vías. Sin embargo el artículo 1 de la Resolución 2163, abre una puerta para que sean las entidades administrativas locales las que decidan si su implementación es opcional o no.

LUJO: Se establece como servicio de lujo aquel que ofrece condiciones de comodidad, accesibilidad y operación a los del nivel básico; debe prestar el servicio únicamente mediante plataformas tecnológicas y el pago del servicio se hará únicamente por medios electrónicos, además de especificaciones particulares para los automóviles que prestan el servicio. Contará con tarifa mínima regulada que no podrá igualar o ser inferior a la del nivel básico.

Después de establecer dicha diferenciación en los servicios y teniendo en cuenta que cada uno de ellos está diseñado para un tipo de población específica, es importante establecer las características generales y funcionales que poseen dichas plataformas; empezando por aclarar que la disposición del Ministerio de Transporte, está encaminada en que cada empresa prestadora del servicio tenga autonomía para desarrollar una plataforma en asociación con empresas prestadoras de servicios tecnológicos. Dicha plataforma debe contemplar una serie de características en su interface que permite conocer información como: el modelo del vehículo, el trayecto de la ruta, la tarifa, la capacidad de calificar al conductor y al pasajero, entre otras.

De lo anterior, es evidente el poder de decisión que recae sobre el Distrito de Bogotá, en temas como establecer si la utilización de dicho sistema tecnológico es opcional u obligatorio para los vehículos considerados en el nivel básico y los mecanismos de gestión por los cuales se va a implementar dicho cambio tecnológico, cuyas consecuencias van más allá de cambiar la metodología del servicio, sino que afecta la concepción del servicio público de una manera radical, teniendo en cuenta que las plataformas pueden ser diversas y el Ministerio de Transporte centralizó el desarrollo de las plataformas en una común para todas las empresas.

De allí que la crítica más asidua del gremio de taxistas al cambio tecnológico propuesto, es el carácter obligatorio que le dio la administración del Distrito Capital, además de los mecanismos utilizados para su cumplimiento (multas impuestas a los conductores), sino han implementado lo estipulado en la Resolución 2163 en cuanto a la utilización de la plataforma.

A nuestra consideración la responsabilidad de las partes involucradas (empresas, taxistas y Distrito) en la compra de los dispositivos tecnológicos para el funcionamiento de las plataformas, es difuso. Debido a que en ningún momento se hace referencia directa y explícita a quien debe obtener los dispositivos, por lo que el parágrafo 4 del capítulo 5 de la Resolución 2163 de 2016, podría ser el único acercamiento a dicho tema, que versa: “las empresas de transporte terrestre automotor en la modalidad individual en el nivel de servicio básico y de lujo, deberán garantizar a los propietarios de vehículos la posibilidad de acceder a las plataformas habilitadas”.

A pesar de ello, el Código Sustantivo del Trabajo en su artículo 57, numeral primero, establece para quienes se encuentran vinculados por contrato laboral con su empleado la carga u obligación de poner a disposición los instrumentos a su empleado para que este cumpla a cabalidad la función para la cual fue contratado.

Partiendo de esto, los costos que pueden tener los dispositivos con características adecuadas ascienden a $550.000 pesos, precio de mercado, definiéndolos como dispositivos de estándares altos, en cuanto a su funcionamiento, por lo que su oferta en el mercado actual es escasa.

Desde nuestra perspectiva surge al menos una pregunta. ¿Es una solución inteligente que cada empresa ofrezca una plataforma para la prestación del servicio y la recolección de la información?

A manera de respuesta, las desventajas de implementar varias plataformas, cada una de ellas perteneciente a una empresa en particular empieza desde la capacidad de oferta que posee cada una de ellas, esto influye en la capacidad de decisión en los usuarios, influenciando a la población para que utilice la aplicación de la empresa que más vehículos tenga a su disposición; esto limitaría las posibilidades de competir en igualdad de condiciones. Por lo que centralizar la oferta sería beneficioso tanto para los usuarios, como para los conductores, debido a que facilita el uso de la interface y brinda la oferta total de vehículos disponibles y no solo los que estén afiliados a determinada plataforma. Para los conductores la centralización de una sola plataforma significa el tener un control claro sobre la cantidad de viajes que realizan por medio de la plataforma, el reporte de trabajo diario y el rendimiento de cuentas sobre una sola plataforma, en la actualidad ocurre lo contrario, los conductores optan por mantener activas y afiliarse a dos aplicaciones para poder tener un trabajo estable reservando servicios por cualquiera de las aplicaciones activan en simultáneo (aplicaciones como Tappsi, Easy Taxi y demás.) y con el modelo que se planteado para la transformación tecnológica no se toman medidas.

Como conclusión, se puede establecer que la transformación tecnológica de la que se ha hablado está ocurriendo alrededor del mundo; sin embargo, este cambio en el modelo afecta directamente la interacción entre la oferta y la demanda, por lo que es fundamental simplificar dicha relación; en cuanto a las afectaciones que puede generar para el gremio de taxistas, deben ser las menos posibles, por ende las empresas prestadoras del servicio deben ser las encargadas de enfrentar los costos de la transformación en conjunto con el Distrito. Si bien el cambio parece acertado en sus objetivos de competitividad, seguridad, recolección y análisis de información valiosa para la industria y la movilidad de la ciudad, la gestión debe hacerse de manera efectiva y sin afectar a los elementos primarios del sistema, como son los usuarios y taxistas.